Unidad de Apoyo FEGA · May 23, 2016 - 08:35
El tipo de cultivo de la parcelas se puede cambiar de una declaración a otra, no así la región a la que pertenecen, la cual permanece invariable en el periodo 2015-2020. La región a la que pertenece cada recinto se puede consultar en el visor SIGPAC.
Si cumple con los requisitos exigidos para poder acceder a la reserva nacional 2016 como joven agricultor, en base a los criterios indicados en la Circular de Coordinación 8/2016 : "Criterios para la asignación de derechos de pago básico de la reserva nacional 2016" y declara únicamente pastos permanentes, deberá figurar en el momento de la presentación de la solicitud única en el Registro de Explotaciones Ganaderas (REGA), para poder asignarle derechos de pago básico en dicha superficie con un valor correspondiente al valor medio de la región en la que se encuentre.
En el caso de no figurar en el REGA y solo disponer de superficie de pastos, no tendrá acceso a la reserva nacional. Si dispone de otra superficie diferente a pastos, recibirá el mismo número de derechos que la superficie declarada con el valor correspondiente al valor medio regional de la región en la que se encuentre.