Unidad de Apoyo FEGA · Jul 25, 2017 - 08:57
El olivar no tiene ayudas Feaga (ayudas directas) acopladas que pueda percibir. Pero sí es válido para Pago Básico. Para acceder a este régimen de ayuda, debe ser titulr de derecho de pago básico. Si se incorpora ahora a la actividad agraria, puede solicitar una asignación de derechos de la reserva nacional. Si no, puede adquirir derechos de otro titular mediante un contrato de compraventa o arrendamiento. Puede encontrar más detalles en la Circular del FEGA 7/2017 de Criterios para la asignación de derechos de pago básico de la reserva nacional, en la Circular del FEGA 1/2017. GESTIÓN DE LAS COMUNICACIONES DE CESIONES DE DERECHOS DE PAGO BÁSICO y en Real Decreto 1076/2014, de 19 de diciembre.
En cuanto a Feader ayudas al desarrollo rural), debe usted consultar en su comunidad autónoma si para el olivar puede acogerse a alguna ayuda. No olvide realizar la correspondiente alegación al SigPac de cambio de uso debido a su intención de poner olivar en tierra de cultivo.
También puede encontrar más información en la página web del FEGA www.fega.es o en la app de InfoPAC, o dirigirse a la oficina de atención correspondiente de su comunidad autónoma para que le informen al respecto.