Unidad de Apoyo FEGA · Sep 11, 2017 - 10:49
Se entiende que usted ha presentado la solicitud de Reserva Nacional a su nombre y no a nombre de la empresa. En el caso de presentar derechos previos (derechos recibidos en arrendamiento) el valor medio de los mismos sufrirá un incremento hasta alcanzar el valor medio de la región, en caso de que éste fuera menor. Una vez finalice el arrendamiento, estos derechos retornarán al arrendador a su con el incremento de valor adjudicado en la reserva.



Si se solicita más superficie de reserva que número de derechos que usted poseía previamente (derechos recibidos en arrendamiento), se le asignarán nuevos derechos de los que usted será propietario y no retornarán al arrendador una vez finalizado el arrendamiento.



Puede encontrar más información en la Circulares de Coordinación del FEGA de Gestión de las comunicaciones de cesiones de derechos de pago básico (1/2017) y en la de Criterios para la asignación de derechos de pago básico de la reserva nacional (7/2017), en la página web del FEGA www.fega.es o en la app de InfoPAC, o dirigirse a la oficina de atención correspondiente de su Comunidad Autónoma para que le informen al respecto.