Unidad de Apoyo FEGA · Dec 11, 2017 - 11:44
En relación con el precio de los derechos de pago básico asignados al Ayuntamiento por las parcelas de masa común que son de su propiedad usted debe consultarlo al titular de los derechos, es decir, al propio Ayuntamiento, además teniendo en cuenta que el valor de los derechos converge año tras año al valor medio de la región, es decir, se incrementa o disminuye cada año para aproximarse al valor medio regional.

Por otro lado, el valor de los derechos de Reserva Nacional es el del importe medio de la región. Para saber la región que tienen los recintos puede usted acudir la página web del SIGPAC (http://sigpac.mapa.es/fega/visor/) y buscar los recintos de las parcelas por los que usted pujaría.
Puede consultar el valor medio de la región en la “NOTA INFORMATIVA SOBRE EL ESTABLECIMIENTO DE LOS VALORES MEDIOS REGIONALES DEFINITIVOS Y OTROS PARAMETROS UTILIZADOS EN EL PROCESO DE ASIGNACIÓN DE LOS DERECHOS DE PAGO BÁSICO”, publicada en la web del FEGA el 31/03/2016.
Tenga en cuenta que si usted recibe derechos de la reserva nacional y ya dispone de derechos de pago básico en esa región, se le asignarán derechos nuevos en la superficie libre y se incrementarán los derechos que ya tiene hasta el valor medio regional.
Para más información relativa a la adjudicación de Reserva Nacional puede usted consultar la circular de Coordinación del FEGA de la campaña 2018, pendiente de publicar, aunque le puede servir de referencia la de la campaña actual (7/2017) con los Criterios para la asignación de derechos de pago básico de la reserva nacional o consultar o en la página web del FEGA o bien dirigirse a la oficina de atención correspondiente de su comunidad autónoma para que le informen al respecto.