Unidad de Apoyo FEGA · Jan 22, 2018 - 12:20
Considerando que la sociedad civil no pertenece al régimen de pequeños agricultores, deberá presentar la cesión en el lugar y plazos establecidos junto con los datos mínimos y la documentación necesaria que justifique dicha circunstancia. Puede encontrar más detalle en la Circular de Coordinación “Gestión de las comunicaciones de cesiones de derechos de pago básico” nº 1/2018 de campaña 2018 y en el Real Decreto 1076/2014, puede encontrarlos en la app de InfoPAC o en la página web del FEGA www.fega.es.