Unidad de Apoyo FEGA · Jul 18, 2018 - 10:34
Una vez que los descendientes ocupan el lugar del fallecido como partícipes de la C.B., si no desearan continuar formando parte de la misma, cada uno de ellos debería tramitar una cesión de tipo Escisión, dentro de los plazos de comunicación correspondientes a la campaña. En esta solicitud se cedería al heredero la parte correspondiente de los derechos de pago básico heredados.
Posteriormente, los herederos deberían tramitar las cesiones de tipo Fusión correspondientes de cara a formar la nueva C.B.
Para que las cesiones de derechos sean efectivas, la Circular de la Gestión de las Comunicaciones de cesión de derechos de Pago Básico. Campaña 2018 (1/2018) del FEGA establece que dentro del régimen de Pago Básico los derechos de pago básico sólo podrán transferirse a un agricultor considerado activo, siendo necesaria la existencia de una comunicación de cesión de derechos firmada tanto por el cedente como por el cesionario.
Para informarse de los requisitos aplicables a las solicitudes de cesiones de derechos de pago Básico, puede consultar la Circular de la Gestión de las Comunicaciones de cesión de derechos de Pago Básico. Campaña 2018 (1/2018) del FEGA.
Puede encontrar más información en la página web del FEGA o en la app de InfoPAC, o dirigirse a la oficina de atención correspondiente de su comunidad autónoma para que le informen al respecto