Unidad de Apoyo FEGA · Jul 31, 2018 - 12:17
Los derechos de pago básico no se asocian a un cultivo ni a una superficie concreta. La superficie admisible que usted incluya en su solicitud de ayudas, en este caso por esas 17 hectáreas, le sirven para justificar los derechos de pago que pueda generar, siempre y cuando, esta superficie, pertenezca a la misma región de los derechos.



La forma en la que un agricultor activo puede acceder al cobro de la correspondiente ayuda por derechos de pago básico son:


1. Mediante la recepción de derechos de pago básico a través de una cesión, cuyos requisitos pueden ser consultados en la Circular 1/2018 sobre la gestión de las comunicaciones de cesiones de derechos de pago básico.


2. A través de una solicitud de Reserva Nacional, cuyos requisitos pueden ser consultados en la Circular 7/2018 sobre criterios para la asignación de derechos de pago básico de la reserva nacional.


Por tanto, el nuevo propietario podría recibir bien por reserva nacional o bien por cesión (compraventa u otro tipo) los derechos que justificaría con la superficie de 17 hectáreas incluidas en su solicitud.


Puede encontrar más información en la página web del FEGA o en la app de InfoPAC, o dirigirse a la oficina de atención correspondiente de su comunidad autónoma para que le informen al respecto.