Unidad de Apoyo FEGA · Sep 11, 2018 - 08:14

Una vez que los derechos definitivos de pago básico ya han sido establecidos y comunicados a su titular, se reconoce entonces la posibilidad de que se produzcan cesiones o transferencias de derechos que implican cambios en la titularidad de los mismos, aunque los derechos de pago sólo podrán transferirse a un agricultor considerado activo.


Tal y como comenta, las cesiones de venta o arrendamiento de derechos de pago básico sin tierra conllevan un peaje de un 20%, a excepción de que el cesionario sea un nuevo agricultor que inicie su actividad agraria.


En cualquier caso, le aconsejamos que se dirija a la oficina de atención correspondiente de su comunidad autónoma para que le informen al respecto.