Unidad de Apoyo FEGA · Mar 19, 2019 - 15:51
Si la herencia ya está resuelta, se debe presentar en primer lugar la solicitud de cesión de derechos por herencia en favor de su madre y, posteriormente, las solicitudes de cesión de derechos necesarias para traspasar los derechos heredados por su madre a sus hijos.
Para que las cesiones de derechos indicadas sean efectivas, las solicitudes comunicando la cesión deben ser presentadas dentro de los plazos establecidos para la campaña (en esta camapaña hasta el 31 de mayo) y cumplirse los requisitos establecidos en la Circular de la Gestión de las Comunicaciones de cesión de derechos de Pago Básico. Campaña 2019 (35/2018).
Tengan en consideración que dicha circular establece que los derechos de pago sólo podrán transferirse a un agricultor considerado activo, salvo en las herencias, legados y usufructos, que no será exigible al heredero en caso que éste ceda definitivamente los derechos a un tercero que sí lo sea.
Para acceder al cobro de los derechos, además de haber tramitado las solicitudes de cesiones de derechos en favor de hijos, cada uno de ellos debe presentar la Solicitud Única dentro de los plazos establecidos para cada campaña (el plazo finaliza el 30 de abril si su comunidad autónoma decide no ampliarlo), justificando sus derechos mediante hectáreas admisibles y cumpliendo con la condición de agricultor activo antes mencionada.
Puede encontrar más información en la Circular Gestión de las Comunicaciones de cesión de derechos de Pago Básico, en la página web del FEGA o en la app de InfoPAC, o dirigirse a la oficina de atención correspondiente de su comunidad autónoma para que le informen al respecto.