Unidad de Apoyo FEGA · Mar 19, 2019 - 15:52
La Circular de la Gestión de las Comunicaciones de cesión de derechos de Pago Básico. Campaña 2019 (35/2018) del FEGA establece un sistema de peajes si la venta/arrendamiento de derechos no conlleva la cesión de un número de hectáreas equivalente al número de derechos.
Si la herencia ya está resuelta, se debe presentar en primer lugar la solicitud de cesión de derechos por herencia en favor de su madre y, posteriormente, las solicitudes de cesión de derechos necesarias para traspasar los derechos heredados por su madre a la sociedad constituidas por ustedes.Tengan en consideración que dicha circular establece que los derechos de pago sólo podrán transferirse a un agricultor considerado activo, salvo en las herencias, legados y usufructos, que no será exigible al heredero en caso que éste ceda definitivamente los derechos a un tercero que sí lo sea.

En caso que la cesión de derechos vaya acompañada de la venta y/o arrendamiento de un número proporcional de hectáreas, no se aplicará minoración en los importes a percibir. Por el contrario, las cesiones de venta o arrendamiento de derechos de pago básico sin tierra conllevan un peaje de un 20%, a excepción de que se encuentre en uno de los siguientes supuestos:

- En el caso de venta, que el valor de la totalidad de los derechos sea inferior a 300€.

- En el caso de venta, que el cesionario sea un nuevo agricultor que inicie su actividad agraria.

- En el caso de venta o arrendamiento, que el cesionario sea considerado un agricultor joven (según los requisitos establecidos en el artículo 25 del Real Decreto 1075/2014).

- En el caso de venta o arrendamiento, que el cedente o el cesionario hubiese visto modificada su superficie en alguna región a causa de una intervención pública.



Para informarse de los requisitos aplicables a las solicitudes de cesiones de derechos de pago Básico, puede consultar la Circular de la Gestión de las Comunicaciones de cesión de derechos de Pago Básico. Campaña 2019 (35/2018) del FEGA.

Puede encontrar más información en la página web del FEGA o en la app de InfoPAC, o dirigirse a la oficina de atención correspondiente de su comunidad autónoma para que le informen al respecto.