Unidad de Apoyo FEGA · Sep 10, 2019 - 07:24
Usted puede solicitar la PAC a través de la reserva nacional por el caso de joven agricultor si tiene menos de 40 años en el año de presentación de la solicitud y dispone de un expediente con resolución estimatoria de concesión de ayuda de primera instalación o bien acredite la formación y capacitación adecuada en el ámbito agrario, para cuya determinación se conjugarán criterios de formación lectiva y experiencia profesional, tal y como establece el artículo 4.1.b) de la Ley 19/1995, de 4 de julio, de Modernización de las Explotaciones Agrarias, que sean acordes a los exigidos en los programas de desarrollo rural desarrollados por cada comunidad autónoma.

También debe disponer de hectáreas admisibles determinadas a efectos del pago básico para que los derechos se puedan asignar con base en dichas hectáreas. Por lo tanto, las hectáreas presentadas deberán cumplir los criterios de admisibilidad para el régimen de pago básico establecidos en el artículo 14 del Real Decreto 1075/2014.

Si cumple los requisitos para recibir la asignación de derechos de pago básico, recibiría un número de derechos igual al número de hectáreas admisibles determinadas que posea y declare en propiedad o en arrendamiento, en la fecha límite de presentación de su solicitud. Por tanto, para cada hectárea de tierra admisible se asigna un derecho de pago básico al 100%. El valor de los derechos depende de la región en que se encuentren las tierras a las que están ligados, por lo que para consultar una estimación del importe a percibir debe remitirse a la oficina de atención correspondiente de su comunidad autónoma para que le informen al respecto. Para cada hectárea admisible que declare se asignará el valor de la región donde se encuentre ubicada más un 51,7% aproximadamente de pago verde siempre que cumpla todas las condiciones para percibirlo.

Además de los requisitos ya mencionados, puede consultar el resto de requisitos específicos en la circular 1/2019 del FEGA de Criterios para la asignación de derechos de pago básico de la reserva nacional (campaña 2019) o recibir más información al respecto en la oficina de atención correspondiente de su comunidad autónoma. El plazo para la presentación de la solicitud única en la campaña 2019, ya ha finalizado.

Por otro lado, el pago complementario a jóvenes agricultores se concederá por un máximo de cinco años a partir del año de la primera solicitud de pago para esta ayuda complementaria y siempre que dicha solicitud se presente durante los cinco años siguientes a la instalación.
En cuanto a los requisitos para solicitar dicho complemento, de forma resumida son:
 Tener derecho a un pago en virtud del régimen de pago básico, tal y como se ha explicado anteriormente, y haber activado los correspondientes derechos de pago.
 No haber ejercido la actividad agraria en las cinco campañas anteriores a la fecha considerada como la de su primera instalación.

Para más información puede consultar el Capítulo III del Real Decreto 1075/2014 o dirigirse a la oficina de atención correspondiente de su comunidad autónoma.