Unidad de Apoyo FEGA · Jan 13, 2020 - 10:40
Le aclaramos en primer lugar los derechos de pago básico no están ligados a la tierra, si no al agricultor que ejerce la actividad agraria, así que no es posible asociar derechos a unos terrenos en concreto. Las hectáreas sirven para la activación de esos derechos, lo que permitirá el cobro de los importes.
Por lo tanto, respecto a su pregunta, el beneficiario de la ayuda es quién cultiva las tierras. Según lo establecido en el RD 1076/2014 de 19 de diciembre, para solicitar las ayudas de Pago Básico el agricultor deberá poseer bien en régimen de propiedad, usufructo o arrendamiento derechos de pago básico, presentar la declaración de solicitud Única en la campaña correspondiente y cumplir con la condición de agricultor activo.
Por lo tanto, cualquier solicitante que cumpla estas condiciones puede ser el beneficiario de las ayudas.
Puede encontrar más información en la página web del FEGA o en la app de InfoPAC, o dirigirse a la oficina de atención correspondiente de su comunidad autónoma para que le informen al respecto.