Unidad de Apoyo FEGA · Feb 14, 2020 - 09:43
Si su consulta se refiere a la posibilidad de cambiar la titularidad del recinto con objeto de poder declararlo en su solicitud única, pero el propietario del mismo tiene necesariamente que declararlo para utilizar los derechos de pago básico que tenga asignados, según la circular 5/2019 del FEGA (Plan nacional de controles administrativos de las superficies declaradas para pagos desacoplados en la solicitud única 2019), se verificará la no duplicidad de recintos (entre agricultores distintos), es decir, que la misma superficie no puede ser declarada por dos agricultores distintos en su solicitud única.
En cualquier caso, le recomendamos que se dirija a la oficina de atención correspondiente de su Comunidad Autónoma para que le informen al respecto.
Puede encontrar más información en la página web del FEGA www.fega.es o en la app de InfoPAC.