Unidad de Apoyo FEGA · Feb 14, 2020 - 12:27
El FEGA publica la lista de beneficiarios de acuerdo a lo indicado en la normativa comunitaria vigente en cada momento.

La normativa comunitaria vigente para la publicación de la lista de beneficiarios está establecida en:


- Artículos 111 a 114 del Reglamento (UE) nº 1306/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo de 17 de diciembre de 2013, sobre financiación, gestión y seguimiento de la Política Agrícola Común.

- Artículos 57 a 62 del Reglamento de Ejecución (UE) nº 908/2014 de la Comisión de 6 de agosto de 2014, por el que se establecen disposiciones de aplicación del Reglamento (UE) nº 1306/2013, que lo desarrolla.

y es de aplicación desde el ejercicio financiero 2014 en adelante. De acuerdo a esta normativa se tienen que publicar los beneficiarios personas físicas y jurídicas, pero de las personas físicas con un importe de ayuda igual o inferior a 1.250 EUR no se puede publicar su nombre y apellidos y se tienen que identificar con un código. La Comisión no da instrucciones de cómo debe confeccionarse ese código y España ha elegido el código de identificación ES#XXXXXX en el que las XXXXXX indican una numeración correlativa de beneficiarios.

Con anterioridad a la normativa indicada en los párrafos anteriores la publicación de la lista de los beneficiarios de la PAC se regía por el Reglamento (CE) nº 1290/2005, que establece las directrices en su artículo 44 bis, y que sólo recogía los datos de las personas jurídicas siguiendo la sentencia de 9 de noviembre de 2010 del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, en la que se formulaban determinadas objeciones a la publicación de los datos relativos a las personas físicas. No había limitación de publicación de beneficiarios en base al importe percibido, la limitación era que solo se podían publicar beneficiarios que fueran personas jurídicas.