Unidad de Apoyo FEGA · May 28, 2020 - 08:38
Con carácter general el artículo 105 del R.D. 1075/2014, establece el periodo de pagos entre el 1 de diciembre y el 30 de junio, aunque este año como consecuencia de la situación de excepcionalidad puede verse ampliado, pero es competencia de cada O.P. planificar su calendario de pagos, por tanto, rogamos dirijan la consulta a la autoridad competente de su Comunidad Autónoma.