60.000 euros para apoyar la participación de agricultores y ganaderos en los regímenes de calidad

El Programa de Desarrollo Rural de Aragón, a través de su medida relativa a los Regímenes de calidad y productos agrícolas (M3) fomenta la participación de agricultores y ganaderos en los regímenes de calidad diferenciada.

Fecha: 03-May-2019

El BOA de este martes 16 de abril, también hace pública una convocatoria de subvenciones destinadas a apoyar la participación en regímenes de calidad para el año 2019. El Departamento de Desarrollo Rural y Sostenibilidad, a través de la Dirección General de Alimentación y Fomento Agroalimentario, convoca 59.574,00€, con cargo a las siguientes partidas presupuestarias: 31.574,00€ del presupuesto del FEADER y 28.000,00€ del presupuesto de la Comunidad Autónoma de Aragón.

La finalidad de la subvención, también enmarcada en el PDR 2014-2020, es conceder un valor añadido a los productos obtenidos en las explotaciones agrícolas y ganaderas a través de la participación de sus titulares en alguno de los regímenes de calidad de la Comunidad Autónoma, mejorando así las posibilidades de comercialización y aumentando la rentabilidad de las explotaciones.

Podrán ser beneficiarios de la subvención, los agricultores, ganaderos y agrupaciones de agricultores y/o ganaderos que participen por primera vez, siempre que se den de alta en el régimen de calidad correspondiente con posterioridad a la presentación de la solicitud de ayuda y aquellos que la solicitaron en los años 2016-2017-2018 y su solicitud fue estimada por lo que este sería su segundo, tercer o cuarto año de pago; en cualquiera de los regímenes de calidad siguientes:

  • Denominación de Origen Protegida (DOP) “Jamón de Teruel”/”Paleta de Teruel”.
  • DOP “Aceite del Bajo Aragón”.
  • DOP “Melocotón de Calanda”.
  • DOP “Aceite Sierra del Moncayo”.
  • DOP “Cebolla Fuentes de Ebro”.
  • Indicación Geográfica Protegida (IGP) “Ternasco de Aragón”.
  • DOP “Cariñena”.
  • DOP “Campo de Borja”.
  • DOP “Somontano”.
  • DOP “Calatayud”.
  • IGP “Valle del Cinca”.
  • IGP “Bajo Aragón”.
  • ll) IGP “Ribera del Gállego-Cinco Villas”.
  • IGP “Ribera del Jiloca”.
  • IGP “Valdejalón”.
  • Producción ecológica.

Los agricultores beneficiarios deberán cumplir la condición de agricultor activo conforme a lo dispuesto en el artículo 9 del reglamento (UE) n.º 1307/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo de 17 de diciembre de 2013 y en el capítulo I del Titulo II del Real Decreto 1075/2014, de 19 de diciembre.

El procedimiento de concesión de estas subvenciones se tramitará siguiendo el procedimiento simplificado de concurrencia competitiva y de acuerdo con los principios de publicidad, objetividad, transparencia, igualdad y no discriminación.