Hacienda retoca los módulos del IRPF agrario del ejercicio 2018

Unión de Uniones aconseja a los agricultores y ganaderos que tributan en estimación objetiva (módulos) en el Impuesto de la Renta de las Personas Físicas que repasen en su declaración del año 2018, si se ven afectados por alguna de las correcciones que hoy publica el Ministerio de Haciendo en el BOE y que afectan a varios cultivos y zonas de Andalucía, Aragón, Cataluña, Castilla-La Mancha, Castilla y León, Comunidad Valenciana y Extremadura.

Fecha: 30-May-2019

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A finales de abril, Unión de Uniones publicaba en estas mismas páginas, la aprobación de la Orden HAC/485,2019, que determinaba las producciones y los territorios en los que eran aplicables ciertas reducciones de los módulos aplicables al IRPF del ejercicio 2018, con motivo de haberse visto afectados por inclemencias climáticas u otras circunstancias excepcionales.

En el Boletín Oficial del Estado de hoy, aparece la Corrección de Errores de dicha Orden, que introduce algunos cambios que hay que tener en cuenta. El último día para presentar la declaración del IRPF es el día 1 de julio, por lo que aún se está a tiempo de incluir estas correcciones.

En algunos casos, la corrección de errores tiene como efecto la ampliación de algunos términos municipales que se benefician de dicha reducción. En esta situación se encuentran los pueblos de Alcaudete y Alcalá La Real en Jaén para el olivo; o Castelserás en Teruel y Torres de Berrellén en Zaragoza para la fruta y, en Castilla-La Mancha, los los términos conquenses de Casas de los Pinos, El Provencio y San Clemente para el vino, tanto con D.O., como sin D.O.

Lo mismo sucede en la provincia de Alicante de la Comunidad Valencia, en donde la relación de pueblos que se benefician de una rebaja del índice de frutos secos se amplia con Castell de Castells y La Vall d’Alcalà.

En la misma región, en Castellón, y para toda la provincial, el módulo de olivar (que en la orden original se fijó en el 0,13) queda rebajado hasta el 0,05.

Hay también bastantes pueblos de Castilla y León que, con la corrección introducida, se van a beneficiar de una reducción, que no estaba incluida anteriormente en la orden, de los módulos para la producción de forrajes.

Hay también correcciones de errores “puras”, por ejemplo en el caso de las comarcas de Pla d’Urgell y Urgell en Lérida, donde se establecía en la orden una reducción para frutas que se sustituye por una reducción para el olivar.

Y luego, en la Comunidad Valenciana, en los términos municipales en los que se contemplaba una reducción de módulos para albaricoque y ciruela, se corrige para especificar también el melocotón (que antes no aparecía por error).

En algunos casos la corrección implica la reducción del ámbito territorial, así, el módulo rebajado para Mandarina y Naranja (previsto en la orden para la Comarca de Valencia) se restringe al término municipal de Valencia.

Y, por último, se añaden varios pueblos más en Extremadura, concretamente en Cáceres, que se benefician de una reducción para la cereza.

En todo caso, insistimos es muy recomendable echar un vistazo a ambas normas para no dejar de aplicarnos ninguna reducción a la que tengamos derecho.