Unidad de Apoyo FEGA · Jun 22, 2016 - 07:54
Respecto a la cuestiones 1 y 2, tal y como comenta, habría que tramitarlo mediante una escisión. Respondiendo a la cuestión 3, debería solicitar las parcelas y los derechos en su solicitud 2016 para poder cobrarlos en esa campaña, en caso contrario puede cederlos temporal o definitivamente a un tercero en 2016. Respecto a la cuestión 4, la normativa no contempla que un cesionario reciba derechos sin ser agricultor activo, por lo que esos derechos pasarían a la reserva nacional después de dos campañas sin ser activados.