Unidad de Apoyo FEGA · Feb 15, 2017 - 13:11
La comunicación de cesión de derechos firmada tanto por el cedente como por el cesionario del arrendamiento, conlleva la finalización automática de ese arrendamiento cuando el mismo expire, y a partir de ese momento, el propietario puede recuperar los derechos y las tierras (siempre y cuando el arrendatario no haya estado dos años sin activar los derechos en cuyo caso habrían pasado a la Reserva Nacional y al finalizar el arrendamiento el arrendador recibirá solamente las tierras) y realizar un nuevo arrendamiento si lo desea. o podría, recuperar los derechos y las tierras, y realizar de nuevo la PAC, teniendo un periodo de tiempo para convertirse de nuevo en agricultor activo.
El Régimen de Pago Básico se incluye en el periodo 2015-2020, por lo que en principio, no se contempla a día de hoy la opción de que el arrendamiento de derechos pueda ir más allá del año 2020.
Puede encontrar más información en la Circular de la Gestión de las Comunicaciones de cesión de derechos de Pago Básico. Campaña 2017 (3/2017) del FEGA, en la página web del FEGA o en la app de InfoPAC, o dirigirse a la oficina de atención correspondiente de su Comunidad Autónoma para que le informen al respecto.