Para conseguirlo, habría que ajustar mucho más allá de la definición del Reglamento, la figura de agricultor activo, por ejemplo sólo para los agricultores profesionales o ATP -agricultor a título principal-. Evidentemente, no es fácil, pero sí se pueden dar pequeños pasos. Un posible avance sería excluir las empresas o entidades que no se dediquen preferentemente a la actividad agraria, aunque puedan generar ingresos procedentes de la misma.