Unidad de Apoyo FEGA · Nov 06, 2019 - 13:22
Atendiendo a lo que nos expone en su consulta, en cuanto a los pagos directos a la agricultura y a la ganadería y otros regímenes de ayuda, podría acogerse a:
Ayudas no asociadas:
• Régimen de pago básico: Para su percepción es necesario disponer de Derechos de Pago Básico de la misma región de la superficie con la que activarlos, y que la misma cumpla con las condiciones de admisibilidad (a priori, lo son las plantaciones de los productos que indicáis, excepto el pino piñonero, que no es admisible para esta línea). En el caso de cultivos permanentes, como es el caso, podría percibir también el complemento de Prácticas agrícolas beneficiosas para el clima y el medio ambiente (Pago Verde).
Ayudas asociadas:
• Ayuda asociada a los frutos de cáscara y algarrobas, que aplica a las plantaciones de almendro, avellano y algarrobo.
En cuanto a Pagos de Desarrollo Rural, cada una de las CC.AA. puede acogerse a distintas medidas, que establece la legislación, por tanto, no podemos asesorar en ese sentido.
Para consultar los requisitos exigibles para ser beneficiario de estas ayudas, puede consultar los Reales Decretes 1075/2014, 1076/2014 con todas las modificaciones que se presentan según la campaña de solicitud y con las particularidades de aplicación que se publiquen en los boletines oficiales de cada Comunidad Autónoma y el Reglamento 1305/2013.