Unidad de Apoyo FEGA · Oct 20, 2020 - 10:02
Al contrario que el pago básico, que se recibe con independencia del tipo de cultivo que se realice o por mantener las tierras en buenas condiciones para el pasto o el cultivo, existen ayudas asociadas a la producción, o ayudas acopladas, que se reciben por realizar un determinado cultivo o por criar un determinado tipo de ganado, de los sectores que son objeto de ayuda.

La normativa básica aplicable a estas ayudas, así como el tipo de cultivo o ganado, vienen establecidos en el Título IV del Real Decreto 1075/2014, de 19 de diciembre, sobre la aplicación a partir de 2015 de los pagos directos a la agricultura y a la ganadería otros regímenes de ayuda, así como sobre la gestión y control de los pagos directos y de los pagos al desarrollo rural.

En cuanto a la cuantía de las ayudas acopladas, cada campaña el Fondo Español de Garantía Agraria (FEGA) calcula y publica los importes unitarios de las ayudas acopladas a cultivos y a la ganadería, a partir de los datos aportados por las propias comunidades autónomas de las solicitudes PAC presentadas ese año. Esta información puede consultarse en la página web del FEGA www.fega.es , bien en las notas informativas que se publican o bien desde de calculadora de importes de ayudas acopladas existente en la opción de consulta pública de derechos de pago básico (cuyo acceso está disponible para aquellos beneficiarios que recibieron en 2015 derechos de pago básico por asignación inicial o de reserva nacional, o a partir de 2016 han recibido cesiones de derechos o asignación de derechos de reserva nacional).

Puede encontrar más información en la página web del FEGA o en la App de InfoPAC, o dirigirse a la oficina de atención correspondiente de su comunidad autónoma para que le informen al respecto.