Unidad de Apoyo FEGA · Dec 16, 2020 - 15:09
La Circular de la Gestión de las Comunicaciones de cesión de derechos de Pago Básico campaña 2020 (1/2020) del FEGA establece que en el caso de Jubilaciones de la actividad agraria en las que el cesionario de los derechos sea familiar de primer grado del cedente, no se aplicará peaje sobre el valor de los derechos cedidos.
Considerando que la jubilación se produjo después de la campaña de cesiones 2019, de no haberlo hecho en 2020, campaña en la que se ha producido el hecho causante, aún podría comunicar esta cesión en la campaña de cesiones 2021. Indicar que el periodo de comunicación a la administración de las cesiones comenzará a fecha de inicio del plazo para la presentación de la solicitud Unica 2021 (1 de febrero).
Puede consultar la citada Circular de la Gestión de las Comunicaciones de cesión de derechos de Pago Básico. Campaña 2020 (1/2020) del FEGA para conocer los documentos que deben presentar y que acrediten las circunstancias para la realización de la transmisión de derechos de Pago Básico que menciona.