Unidad de Apoyo FEGA · Jan 11, 2021 - 16:26
ntendiendo que recibió desde la campaña 2014 la ayuda asociada a la vaca nodriza y que, ahora en 2020, se ha establecido como responsable de una explotación con el alta en el régimen de la Seguridad Social correspondiente y que no existe ningún alta o baja por cuenta propia en actividades agrarias previas, entonces, puede solicitar la PAC a través de la reserva nacional por el caso de joven agricultor si tiene menos de 40 años en el año de presentación de la solicitud y dispone de un expediente con resolución estimatoria de concesión de ayuda de primera instalación o bien acredite la formación y capacitación adecuada en el ámbito agrario, para cuya determinación se conjugarán criterios de formación lectiva y experiencia profesional, tal y como establece el artículo 4.1.b) de la Ley 19/1995, de 4 de julio, de Modernización de las Explotaciones Agrarias, que sean acordes a los exigidos en los programas de desarrollo rural desarrollados por cada comunidad autónoma.

También debe disponer de hectáreas admisibles determinadas a efectos del pago básico para que los derechos se puedan asignar con base en dichas hectáreas. Por lo tanto, las hectáreas presentadas deberán cumplir los criterios de admisibilidad para el régimen de pago básico establecidos en el artículo 14 del Real Decreto 1075/2014.

Además de los requisitos ya mencionados, puede consultar el resto de requisitos específicos en la circular 3/2020 del FEGA de Criterios para la asignación de derechos de pago básico de la reserva nacional o recibir más información al respecto en la oficina de atención correspondiente de su comunidad autónoma.

La solicitud debe dirigirse a la autoridad competente correspondiente de la comunidad autónoma. Para más información puede consultar el Capítulo III del Real Decreto 1075/2014 o dirigirse a la oficina de atención correspondiente de su comunidad autónoma para recibir más información.