Unidad de Apoyo FEGA · Apr 29, 2021 - 15:39
La superficie para asignar a cada derecho de pago básico corresponde con una hectárea admisible.
Por lo tanto, las hectáreas presentadas en su solicitud, deberán cumplir los criterios de admisibilidad para el régimen de pago básico establecidos en el artículo 14 del Real Decreto 1075/2014.
Respecto a las ayudas agroambientales, o denominadas PDR, no se rigen por derechos, sino por compromisos. Por favor consulte en su Organismo pagador, si actualmente existe alguna ayuda a la que pueda solicitar y acogerse.