Unidad de Apoyo FEGA · Nov 10, 2021 - 20:15
Entendiendo por su consulta que usted ya ha presentado una alegación al SIGPAC, debe justificar adecuadamente la modificación que quiere realizar ante la comunidad autónoma donde se ubiquen los recintos, según se establece en el artículo 94 del Real Decreto 1075/2014. En este caso, dado que el organismo competente para la aprobación de dicha alegación es su comunidad autónoma, le recomendamos que se dirija a la oficina de atención correspondiente para que le informen al respecto.