Unidad de Apoyo FEGA · Nov 10, 2021 - 20:23
Tal como se establece en el artículo que cita en su consulta, en el periodo de modificación de la solicitud, podrá modificar o incluir nuevos regímenes de pagos directos o medidas de desarrollo rural sin sufrir penalización. Es decir, que se contemplan todos los pagos directos a la agricultura y a la ganadería y otros regímenes de ayuda, así como sobre la gestión y control de los pagos directos y de los pagos al desarrollo rural, que se contemplan en el R.D. 1075/2014 y podrá modificar alguno de los que ya hubiera incluido en su solicitud o incluir nuevos.