Unidad de Apoyo FEGA · May 19, 2022 - 16:21
Si se refiere al Pago para jóvenes agricultores al que se hace referencia en el artículo 25 del Real Decreto 1075/2014, en primer lugar, debe ser usted beneficiario del régimen de pago básico, para lo cual debe poseer hectáreas admisibles para dicho régimen, según lo dispuesto en el artículo 14 del mismo Real Decreto, y derechos de pago básico asignados, pertenecientes a la misma región que las superficies. Además, debe cumplir las condiciones de agricultor activo y actividad agraria, establecidas en el título II del citado Real Decreto.

Por otra parte, debe usted cumplir con los siguientes requisitos:

Edad: el solicitante no deberá haber cumplido más de 40 en el año natural de presentación de su 1ª solicitud al Régimen de pago básico (RPB).
Formación: el solicitante debe poder acreditación de estar en posesión de un nivel de capacitación agraria suficiente, para cuya determinación se conjugarán criterios de formación lectiva y experiencia profesional, tal y como establece el artículo 4.1.b) de la Ley 19/1995, de 4 de julio, de modernización de las explotaciones agrarias, que sean acordes a los exigidos en los programas de desarrollo rural desarrollados por cada comunidad autónoma. Disponer de un expediente favorable de concesión de la ayuda de primera instalación en el ámbito de un Programa de Desarrollo Rural se considera una vía de acreditación de la formación.
Primera instalación: Instalación por primera vez en una explotación agraria como responsable de la misma, en la campaña de la primera presentación de una solicitud al amparo del régimen de pago básico o en los cinco años anteriores. Se considerará desde la fecha de alta en el régimen de la Seguridad Social correspondiente a la actividad agraria que determine su incorporación.
Responsable de la explotación agraria: Se considerará que un joven agricultor es responsable de la explotación si ejerce un control efectivo a largo plazo en lo que respecta a las decisiones relativas a la gestión, los beneficios y los riesgos financieros de la explotación

En cuanto a ayudas del Desarrollo Rural, las ayudas asociadas a la Solicitud Única de la PAC, podría acogerse en este año 2022, únicamente a la ayuda de Indemnizaciones en zonas de montaña Convocatoria 2022, si su explotación está dentro de un municipio de zona desfavorecida de montaña, y cumple todos los requisitos de esta ayuda. En próximos años si se convocan ayudas de Agricultura ecológica de conversión o mantenimiento, podría acogerse si el cultivo pistacho es de cultivo de ecológico, si cumple los requisitos de esta ayuda y manteniendo un compromiso de 5 años.

Desvinculadas de la Solicitud Única de la PAC , debe consultar si hay convocatorias para este 2022 en su comunidad autónoma, dentro del ámbito de del desarrollo rural, existe la posibilidad de acogerse a ayudas a la creación de empresas agrarias para jóvenes y a las inversiones en explotaciones agrícolas y ganaderas en el marco de las submedidas 6.1 y 4.1 del Programa de Desarrollo Rural de Castilla-La Mancha para el periodo de programación 2014-2020