Unidad de Apoyo FEGA · May 19, 2022 - 16:25
Según las disposiciones generales del Real Decreto-ley 6/2022, de 29 de marzo: “mediante las excepciones establecidas para 2022 se podrá pastar o sembrar un cultivo en la superficie de barbecho de tal manera que se incremente la capacidad productiva de las explotaciones sin perder el derecho a cobrar la ayuda de ecologización”. Además, según la disposición final decimonovena del mismo Real Decreto Ley, se modifica el Real Decreto 1075/2014, de la siguiente manera:

“En el año 2022, por derogación del artículo 44.4 del Reglamento 1307/2013, la superficie de barbecho se considerará como un cultivo distinto aunque dichas tierras hayan sido aprovechadas por el ganado en forma de pastoreo, la vegetación presente en ese barbecho sea cosechada con fines de producción, o hayan sido cultivadas.”

“En el año 2022, por derogación del artículo 45.2 del Reglamento 639/2014, la superficie de barbecho se considerará como superficie de interés ecológico aunque dichas tierras hayan sido aprovechadas por el ganado en forma de pastoreo, la vegetación presente en ese barbecho sea cosechada con fines de producción, o hayan sido cultivadas. Asimismo, por derogación del artículo 45 del Reglamento 639/2014 y de lo establecido al respecto en el anexo VIII del Real Decreto 1075/2014, en la campaña 2022 se podrán utilizar productos fitosanitarios en estas superficies.”