Unidad de Apoyo FEGA · Sep 20, 2022 - 17:43
Según el punto 4 del artículo 14 del RD 1075/2014: “Las hectáreas sólo se considerarán admisibles si cumplen los criterios de admisibilidad en todo momento a lo largo del año natural en que se presenta la solicitud, excepto en caso de fuerza mayor o en circunstancias excepcionales”, por tanto se debe mantener la condición de admisibilidad de las parcelas durante el año natural de la presentación de la solicitud.
En Monitorización se tiene en cuenta lo declarado una vez registrada la solicitud , y es lo que se monitoriza hasta que finaliza el plazo para alegar a la Solicitud Única por monitorización.