Unidad de Apoyo FEGA · Oct 07, 2022 - 20:54
Sí es posible, sin embargo debe de proceder a realizar el reparto de derechos a favor de los herederos presentando las solicitudes de cesión de derechos tipo Herencia (HE).

Por otra parte, le informamos que la solicitud a la PAC depende del estado de tramitación de la herencia, si el reparto no se ha hecho efectivo, en caso de ser una herencia yacente, será el administrador de la misma en el que recaiga la responsabilidad de solicitar las ayudas.

Dado que el plazo de presentación de las solicitudes de cesiones de la campaña 2022 ha concluido, les indicamos que el reparto de la herencia se tramitaría de cara a la campaña 2023. El período de comunicación se iniciará a la vez que el plazo de presentación de la solicitud única, es decir, a partir del 1 de marzo y finalizará en la fecha que finalice el plazo de modificación de la solicitud única del mismo año.

Para más información sobre los requisitos aplicables a las solicitudes de cesiones puede consultar la Circular de la Gestión de las Comunicaciones de cesión de derechos de Pago Básico en la página web del FEGA www.fega.es, o en la app de InfoPAC, o dirigirse a la oficina de atención correspondiente de su Comunidad Autónoma para que le informen al respecto.