Unidad de Apoyo FEGA · Oct 01, 2015 - 09:48
RESPUESTA
Las Ayudas Asociadas para los titulares de derechos especiales incorporan en el RD 1075/2014 la siguiente frase en cada apartado respectivo de “Beneficiarios”: “Serán beneficiarios de esta ayuda asociada los ganaderos de vacuno de leche/vacuno de cebo/ovino y caprino que hayan sido titulares de derechos especiales en 2014, y que, en la solicitud única de cada campaña, no dispongan de hectáreas admisibles sobre las que activar derechos de pago básico.”
En el caso del ejemplo, no dispone de has. admisibles para para la activación de derechos de pago en el régimen de pago básico, así que puede optar a la ayuda asociada. Si en 2014 hubiese sido titular de derechos normales, no podría optar a esta ayuda, al haber declarado en esa campaña más de 0,2 has.