Técnicos PAC FEGA · Oct 01, 2015 - 11:17
A partir de 2015, sólo se podrán incorporar al régimen de pequeños agricultores aquellos a quienes se les asignen derechos de pago básico a través de la Reserva Nacional y no vayan a percibir más de 1.250 euros en concepto de ayudas directas, así como los productores que se incorporen a este régimen a través de una cesión como consecuencia de herencias, jubilaciones en las que el cesionario de los derechos sea un familiar de primer grado del cedente, programas aprobados de cese anticipado o en casos de incapacidad laboral permanente.