Debe tener en cuenta que las transferencias de superficie que no están ligadas a una venta de derechos de pago único con tierra, no pueden transmitir la referencia individual de superficie admisible declarada en 2013, por lo que a efectos de la nueva PAC a partir de 2015, las hectáreas transferidas con la finalidad de ser utilizadas en 2014 para normalizar derechos especiales, si no están asociadas a una venta de derechos de pago único, no computarán en la asignación de derechos de pago básico aunque hubiesen estado declaradas por otro productor en el año 2013.
Para el caso que usted describe relativo a ganaderos que sólo disponen de derechos especiales y no declaran superficie y que, en base al mantenimiento de su actual actividad ganadera, no van a modificar su explotación, existe la opción, en virtud de lo dispuesto en el artículo 52 del Reglamento (UE) Nº 1307/2013, de 17 de diciembre de 2013, de poder acceder a una ayuda acoplada específica establecida para estos productores. Dicha opción se enmarca dentro del diseño de los pagos acoplados, en base al acuerdo de la Conferencia Sectorial del pasado mes de enero entre el Ministerio y las Comunidades Autónomas y quedará definitivamente establecida en el correspondiente Real Decreto cuya publicación se prevé que se produzca a lo largo del último trimestre de este año. En todo caso, únicamente recibirán esta ayuda aquellos beneficiarios que en 2014 dispongan de derechos especiales y que en 2015 no declaren superficie, que parece ser la situación descrita en la pregunta, siempre y cuando esas condiciones no se vean alteradas por un cambio en la declaración del productor en dichos años.