Unidad de Apoyo FEGA · Oct 01, 2015 - 14:59
Todos los agricultores con derecho a pago en virtud del régimen de pago básico deben respetar las tres prácticas medioambientales en todas sus hectáreas admisibles, cuando sea pertinente, y tienen derecho a percibir el “pago verde”.

Las prácticas medioambientales vinculadas a este pago son:

Diversificación de cultivos
Mantenimiento de los pastos permanentes existentes
Contar con superficies de interés ecológico en las explotaciones

Tendrán derecho automáticamente al pago aquellos agricultores que:

Se dedican a la agricultura ecológica, únicamente en aquellas unidades de la explotación que consistan en una superficie y que se utilicen para producción ecológica.

Están acogidos al régimen de pequeños agricultores que se establecerá en el año 2015 para aquellos productores que cobren menos de 1.250 € de pagos directos.

                Disponen de cultivos permanentes (viñedo, olivar, cítricos, frutales y, en general, cultivos que permanecen en el terreno durante cinco años o más y que no entran en la rotación de cultivos de la explotación), en las superficies ocupadas por dichos cultivos. Estas superficies deberán guardar coherencia con el uso SIGPAC de la superficie declarada.

Además, si la explotación está situada, total o parcialmente, en zonas cubiertas por las Directivas 92/43/CEE, relativa a la conservación de hábitats naturales y de la fauna y flora silvestre; 2000/60/CE, relativa al marco comunitario de actuación en el ámbito de la política de aguas; y 2009/147/CE, relativa a la conservación de las aves silvestres, se tendrán que respetar estas prácticas en la medida en que sean compatibles con los objetivos de dichas Directivas.