Unidad de Apoyo FEGA · Jan 27, 2016 - 07:49
Entendemos que las 300 ha a las que hace referencia son de pastos y que se refiere a la condición de carga ganadera que debe cumplir para poder cobrar ayudas directas en dichas superficies. Si es así, la condición es un mínimo de 0'2 UGM/ha, es decir si las 300 ha son de pastos, como mínimo debe tener 60 UGM's. No existe un máximo para la carga ganadera en el ámbito de actividad agraria para el cobro de las ayudas directas.