Unidad de Apoyo FEGA · Feb 09, 2016 - 08:45
Las tierras de barbecho sin producción son las que pueden ser consideradas como superficies de interés ecológico a efectos del Pago Verde: no deben dedicarse a la producción agraria durante al menos un periodo de nueve meses consecutivos desde la cosecha anterior y en el periodo comprendido entre el mes de octubre del año previo a la solicitud y el mes de septiembre del año de la solicitud. Se considera producción agraria tanto la agrícola como la ganadera, es decir que el ganado no puede entrar en esas tierras tampoco.
Los barbechos tradicionales, son superficies de barbecho que no cumplen la condición expuesta aunque no se hayan sembrado en la campaña, por lo que no se consideran a efectos de superficies de interés ecológico.
Los barbechos medioambientales son tierras retiradas de la producción por compromisos del agricultor según los reglamentos 1257/1999, 1698/2005 ó 1305/2013.