Unidad de Apoyo FEGA · Feb 19, 2016 - 08:21
El mantenimiento de la carga ganadera mínima en las superficies de pastos, es un requisito de actividad agraria que usted debe cumplir para que las superficies de pasto sean consideradas admisibles a efectos de Pago Básico. No está relacionado con el Pago Verde. Si no cumple con la carga ganadera, deberá poder acreditar que realiza una actividad en esos pastos.
En lo referente a Pago Verde, lo que debe hacer es mantener estos pastos. En el caso que sean pastos declarados como medioambientalmente sensibles, (para saberlo, consulte en el SIGPAC o pregunte en su comunidad autónoma) no puede en ningún caso roturarlos, sino que los debe mantener. En el caso que sus pastos no entren en esta categoría, podría roturarlos, pero en el caso que el nivel de pastos nacional bajase de una cantidad de hectáreas de referencia en una determinada campaña, tendría la obligación de volver a convertir a pastos estas tierras roturadas. En ambos casos, si se dieran estas circunstancias se le aplicará una reducción en su cálculo de la ayuda del Pago Verde.
Respecto a las hectáreas de cultivo permanente se considera que cumplen en todos los casos las condiciones para cobrar el pago verde.