En 2016 se pone en marcha el proceso de declaración gráfica. En principio es únicamente obligatorio presentar dicha declaración gráfica para los expedientes que en este año declaren más de 200 ha. No obstante las Comunidades Autónomas pueden establecer otros criterios por lo que debe consultar con su Comunidad para saber si tiene o no que presentar la solicitud única este año mediante la declaración gráfica. Por otro lado le confirmamos que dicha declaración es muy similar al proceso que se seguía hasta ahora con los croquis de recintos incompletos si bien para los recintos que se declaren completos la autoridad competente le facilitará ya el formato gráfico de la declaración.
En el caso de declarar recintos no completos, seguirá siendo necesario realizar un croquis para descartar la superficie que no pertenece a nuestro recinto.
únicamente obligatorio presentar dicha declaración gráfica para los
expedientes que en este año declaren más de 200 ha. No obstante las
Comunidades Autónomas pueden establecer otros criterios por lo que debe
consultar con su Comunidad para saber si tiene o no que presentar la
solicitud única este año mediante la declaración gráfica. Por otro lado le
confirmamos que dicha declaración es muy similar al proceso que se seguía
hasta ahora con los croquis de recintos incompletos si bien para los
recintos que se declaren completos la autoridad competente le facilitará ya
el formato gráfico de la declaración.
En el caso de declarar recintos no completos, seguirá siendo necesario
realizar un croquis para descartar la superficie que no pertenece a nuestro
recinto.