He finalizado un arrendamiento de tierras después del 15 de mayo de 2014 y he devuelto al arrendador las tierras, pero sin la correspondiente devolución del valor. ¿Se me va a aplicar la cláusula de beneficio inesperado?
En 2013 cultivé unas hectáreas con olivar, pero en 2014 las he levantado y he realizado una alegación al SIGPAC para que pasen a tierra arable. ¿Cómo va a repercutir esto en mis derechos? y ¿Cómo tengo que declarar el greening? ¿Estoy exento al ser una región de cultivo permanente?
Hasta ahora vengo solicitando la PAC todos los años, pero sin tener derechos de pago único y sin recibir ningún pago directo, ¿Podré recibir derechos en 2015?
Hasta ahora cobraba la PAC (pago único), pero las tierras las llevaba otra persona, a la cual no cobraba un canon de arrendamiento al considerar el importe de la PAC el precio del arrendamiento. ¿Puedo continuar así?
Tengo arrendadas mis tierras y mis derechos de pago único, ¿Qué ocurrirá cuando concluya el arrendamiento, si concluye una vez finalizado el periodo de presentación de la solicitud única en 2015 o un año posterior? ¿Y si es antes de que concluya dicho plazo de presentación?
Si soy un nuevo agricultor que me incorporo a la actividad agraria, ¿Cómo puedo recibir derechos?, ¿Qué ayudas voy a recibir?, ¿Cómo puedo cumplir los requisitos de agricultor activo?
¿Cómo afectan las ventas o arrendamientos de tierras que se hayan hecho después del 15 de mayo de 2014 y que se realicen hasta el 15 de junio de 2015 sobre la asignación inicial de 2015?
Si en 2013 no tenía hectáreas admisibles y no cobré la PAC, pero me cedieron tierras en 2014, hice la solicitud única y cobré la PAC, ¿Podré recibir asignación en 2015?
¿Qué es el Coeficiente de Admisibilidad de Pastos?