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Ayuda directa por superficie en explotaciones de fruta dulce de Aragón

Personas físicas, jóvenes agricultores, personas jurídicas y comunidades de bienes

22 09 2022

El 21 de septiembre ha sido publicada la orden 1286/2022 en el BOA. Según la misma se aprueba concesión excepcional de una ayuda directa por superficie a las explotaciones de fruta dulce de Aragón, por valor de 4 millones de euros. Los principales puntos de la orden son los siguientes:

Personas beneficiarias:
Podrán beneficiarse de dichas ayudas aquellas personas físicas, jurídicas o comunidades de bines que cumplan las siguientes condiciones:

  • Titulares de explotaciones de fruta dulce con más de 3 ha de fruta dulce inscritas en REGEPA
  • Haber suscrito póliza de seguro de frutales en el año 2022
  • Estar al corriente de pagos con obligaciones tributarias y de la seguridad social

De forma adicional en función de la forma jurídica del beneficiario deberán cumplirse las siguientes condiciones:

Personas físicas:

  • Titular de Explotación Agraria Prioritaria
  • Estar inscrito en el registro de Agricultores y Ganaderos de Aragón con un coeficiente de profesionalidad superior al 50%

Jóvenes agricultores menores de 41 años que cumplan adicionalmente con uno de los siguientes requisitos:

  • Estar calificado como explotación agraria prioritaria
  • Tener aprobado plan de incorporación (PDR 2014-2020)
  • Estar inscrito en el registro de agricultores o ganaderos con coeficiente de profesionalidad superior al 50%
  • Consten en la seguridad social en el sector agrario por cuenta propia

Personas jurídicas y comunidades de bienes:

  • Titular de Explotación Agraria Prioritaria
  • Que el control efectivo de la sociedad lo ejerzan uno o varios jóvenes agricultores (que no hayan cumplido 41 años) y que cumplan adicionalmente alguna de las siguientes condiciones contempladas en el punto anterior.

Cuantía de las subvenciones:
Se establecen los siguientes importes unitarios por hectárea declarada en regadío:

  • 5 primeras hectáreas a razón de 300€/ha
  • 5 siguientes hectáreas a razón de 250€/ha
  • Resto de hectáreas (hasta completar 30 ha) a razón de 190€/ha

En caso de superficies de secano las ayudas serán de 150€/ha para las 5 primeras hectáreas de la explotación, 125€/ha para las 5 siguientes y 95€/ha para el resto.

Modo de tramitación y plazos:

Las ayudas podrán solicitarse desde el día 22 de septiembre durante el plazo de 15 días hábiles (es decir hasta el 13 de octubre). La tramitación de las ayudas debe realizarse a través del sistema de captura SGA-CAP por el que se solicita la tramitación de las ayudas de Política Agraria Común (PAC), por este motivo conviene dirigirse a la entidad habitaual en la que cada uno tramita la PAC, para así realizar la solicitud de las ayudas. La resolución de las solicitudes por parte de la DGA se realizará en el plazo máximo de 3 meses contados desde la fecha de finalización del plazo de solicitudes.

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