En referencia a los derechos provisionales de pago básico asignados en propiedad, que recientemente se nos ha comunicado, estos presentan una codificación numérica que de manera adicional se presentan en forma de intervalos.
Entiendo que dentro de un rango, los derechos provisionales de pago básico son iguales en su importe unitario. ¿Es correcta dicha interpretación?
¿Me podrían indicar cual es el criterio de incorporación de un derecho de pago básico provisional en un rango u otro?. ¿Cuales son los factores que determinan la incorporación de un derecho en un rango u otro?
En contestación a su consulta adjunta le indicamos que la identificación de los códigos de derechos provisionales de pago básico se realiza en orden ascendente por titular. De esta forma, para un mismo titular los derechos están ordenados de forma ascendente y son correlativos, sin intervalos. Entendemos que los “rangos- intervalos” a los que usted hace referencia en su pregunta, es la forma en la que la comunidad autónoma a la que usted pertenece, ha considerado más práctica a la hora de comunicarle los derechos de pago básico provisionales que se le han asignado. Por ello, dependiendo de cómo le muestren el resto de información, el intervalo de códigos de derechos puede tener distintos significados: el mismo importe unitario, la misma región, el mismo origen (compraventa, arrendamiento, asignación inicial…) etc... Para poderle ofrecer una respuesta más concreta, le sugerimos que se dirija a la autoridad competente de su Comunidad Autónoma.
El nuevo régimen de pago básico, que sustituye al régimen de pago único en España se ha regionalizado, de forma que se han establecido 50 regiones distintas, cada una de ellas identificadas con un valor medio por región al que tienden todos los derechos de pago básico de dicha región. Estos valores medios por región no están todavía disponibles, ya que es necesario haber realizado la asignación definitiva de todos los nuevos derechos de pago básico para establecer de forma definitiva dicho valor, proceso que no habrá concluido hasta finales de marzo de 2016, que es cuando hay que realizar la comunicación definitiva del valor de los derechos de pago básico a cada beneficiario. En ese momento se publicará en la página web del FEGA los valores medios de los derechos por región.