La Sala considera que el Real Decreto impugnado es un acto singular de aprobación y no un reglamento que desarrolle o complemente una ley, por lo que no requiere un informe preceptivo del Consejo de Estado, como argumentaba en su recurso el gobierno aragonés
Tras la sentencia del Tribunal Supremo del pasado 8 de noviembre, que restablece el plazo de ayudas a las plantas de cogeneración a 25 años, COAG reclama a las Comunidades Autónomas que aceleren los trámites de apertura.
La Sala considera que el Real Decreto impugnado es un acto singular de aprobación y no un reglamento que desarrolle o complemente una ley, por lo que no requiere un informe preceptivo del Consejo de Estado, como argumentaba en su recurso el gobierno aragonés