El pasado 2 de mayo, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea dictó una importante sentencia respecto a la interpretación del concepto de evocación de una Denominación de Origen Protegida (DOP) o Indicación Geográfica Protegida (IGP), en la que fallaba que es “ilícito” usar imágenes de una zona geográfica a la que está vinculada una DOP en productos que no está cubiertos por ella.
El pasado 2 de mayo, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea dictó una importante sentencia respecto a la interpretación del concepto de evocación de una Denominación de Origen Protegida (DOP) o Indicación Geográfica Protegida (IGP), en la que fallaba que es “ilícito” usar imágenes de una zona geográfica a la que está vinculada una DOP en productos que no está cubiertos por ella.